Abogado De Inmigración Orlando

Traer miembros de la familia a los EE.UU.:

Una guía paso a paso sobre cómo hacerlo


Nuestro abogado de inmigración en Orlando, Florida, Roberto López Ortiz, explica el proceso para traer a sus familiares a Estados Unidos de forma legal y rápida.


Traer a sus familiares a Estados Unidos es una prioridad. En Complete Immigration Solutions, lo entendemos de todo corazón. La reunificación familiar es uno de los pilares fundamentales de la política migratoria estadounidense. El proceso de traer a familiares a Estados Unidos implica navegar por un sistema legal complejo que requiere una preparación minuciosa y el cumplimiento de diversas normas. Ya sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR), comprender cómo patrocinar a un familiar para la inmigración puede facilitarle el proceso. Esta guía ofrece un enfoque integral paso a paso para la inmigración familiar, centrándose en cómo patrocinar a un familiar de manera eficaz y evitar errores comunes.


El abogado de inmigración de Complete Immigration Solutions en Orlando, Florida, Roberto López Ortiz, explica los pasos a seguir.


Paso 1: Determinar la elegibilidad



El primer paso para traer a un familiar a los EE. UU. es determinar si usted es elegible para patrocinarlo y si califica para la inmigración basada en la familia.


¿Quién puede patrocinar a un familiar?


  1. Ciudadanos estadounidenses: Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a una gama más amplia de familiares, incluidos:


  • Esposos.
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Padres (si el patrocinador tiene al menos 21 años).
  • Hijos adultos solteros (21 años o más).
  • Hijos casados.
  • Hermanos (si el patrocinador tiene al menos 21 años)


 2. Residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde): Los LPR tienen opciones de patrocinio más limitadas y solo pueden patrocinar:

 

  • Esposos.
  • Hijos solteros (menores de 21 años y mayores de 21 años).



Parientes inmediatos vs. categorías de preferencia familiar


La ley de inmigración de EE. UU. distingue entre familiares inmediatos y categorías de preferencia familiar:


  • Parientes inmediatos: Incluyen a los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses. Los parientes inmediatos no están sujetos a límites anuales de visas, lo que significa que pueden inmigrar tan pronto como se apruebe su solicitud.


  • Categorías de preferencia familiar: Incluyen a otros familiares, como hijos adultos solteros y hermanos de ciudadanos estadounidenses, así como cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes legales. Las categorías de preferencia familiar están sujetas a límites anuales de visas, lo que da como resultado tiempos de espera más prolongados.


Paso 2: Presentar el Formulario I-130 (Petición para familiar extranjero)



Para iniciar el proceso de inmigración, el patrocinador debe presentar el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Este formulario establece la relación de legitimación entre el patrocinador y el beneficiario (el familiar que está siendo patrocinado).



 Documentación requerida


  • Prueba de ciudadanía estadounidense o estatus de residente permanente legal (por ejemplo, pasaporte estadounidense, certificado de naturalización o tarjeta verde).
  • Prueba del parentesco familiar:
  • Para cónyuges: certificado de matrimonio, registros financieros conjuntos, fotografías y declaraciones juradas de amigos y familiares.
  • Para niños: Certificados de nacimiento que muestren los nombres del padre y del hijo.
  • Para los padres: El certificado de nacimiento del patrocinador que muestre el nombre del padre.
  • Tarifa de presentación: A partir del [fecha actual], la tarifa del Formulario I-130 es de $535.


Una vez que USCIS reciba la petición, emitirá un aviso de recibo (Formulario I-797) reconociendo la solicitud.


Paso 3: Espere la aprobación del USCIS y la disponibilidad de la visa




El USCIS revisará la petición y la aprobará o rechazará. Si se aprueba, el siguiente paso depende de si el beneficiario se encuentra en la categoría de pariente inmediato o en la categoría de preferencia familiar.


 1. Familiares inmediatos: Dado que no hay límites de visa para familiares inmediatos, pueden proceder al siguiente paso inmediatamente.


 2. Categorías de preferencia familiar: Estas categorías están sujetas a límites anuales de visas. El Departamento de Estado de los EE. UU. publica un Boletín de visas mensual que indica qué fechas de prioridad se están procesando actualmente. Los beneficiarios deben esperar a que su fecha de prioridad esté vigente antes de continuar.



Paso 4: Elija entre el ajuste de estatus y el trámite consular



Una vez que se aprueba la petición y hay una visa disponible, el beneficiario puede solicitar un ajuste de estatus (si ya se encuentra en los EE. UU.) o someterse a un procesamiento consular (si se encuentra fuera de los EE. UU.).


Ajuste de estatus (AOS)


Si el beneficiario ya se encuentra en EE. UU. con una visa válida, puede ser elegible para presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, para obtener una tarjeta verde sin salir del país.


Requisitos adicionales:

  • Formulario I-864, Declaración jurada de apoyo, para demostrar que el patrocinador puede apoyar económicamente al beneficiario.
  • Informe de examen médico y vacunación (Formulario I-693).
  • Tarifa de presentación: Aproximadamente $1,225, incluida la tarifa por servicios biométricos.


Trámites consulares


Si el beneficiario se encuentra fuera de los EE. UU., debe completar el procesamiento consular en una embajada o consulado de los EE. UU. en su país de origen.

Pasos involucrados:

  1. Complete el formulario DS-260, Solicitud de visa de inmigrante.
  2. Pague las tarifas de visa requeridas.
  3. Asistir a una entrevista de visa en la embajada o consulado de Estados Unidos.
  4. Someterse a un examen médico por un médico autorizado.




Paso 5: Asiste a la entrevista



Ya sea que la solicitud se realice a través de un ajuste de estatus o mediante un proceso consular, el beneficiario deberá asistir a una entrevista. El propósito de la entrevista es verificar la autenticidad de la relación y evaluar la elegibilidad del beneficiario para una tarjeta verde.


Consejos para una entrevista exitosa:

  • Sea honesto y coherente en sus respuestas.
  • Traiga todos los documentos requeridos, incluidos originales y copias.
  • Para los cónyuges, prepárense para responder preguntas sobre su relación, como por ejemplo cómo se conocieron, los detalles de su boda y la vida diaria juntos.

Paso 6: Recibir la Tarjeta Verde



Una vez que se aprueba la petición y hay una visa disponible, el beneficiario puede solicitar un ajuste de estatus (si ya se encuentra en los EE. UU.) o someterse a un procesamiento consular (si se encuentra fuera de los EE. UU.).


Si la entrevista es exitosa, al beneficiario se le otorgará el estatus de residente permanente legal.

  • Para solicitantes de AOS: La tarjeta verde se enviará por correo a la dirección de EE. UU. proporcionada en la solicitud.
  • Para solicitantes de procesamiento consular: El beneficiario recibirá una visa de inmigrante, que deberá utilizar para ingresar a los EE. UU. Al ingresar, será procesado y recibirá su tarjeta verde por correo.

Desafíos comunes y cómo superarlos




Retrasos en el procesamiento


Los tiempos de procesamiento del USCIS pueden variar y las demoras son comunes. Para minimizar las demoras:


  • Asegúrese de que todos los formularios estén completos y precisos.
  • Responda con prontitud a cualquier solicitud de evidencia (RFE) del USCIS.
  • Verifique periódicamente el estado de su solicitud en línea.


Denegaciones de visas


Las denegaciones pueden deberse a documentación insuficiente, falta de prueba de una relación de buena fe o cuestiones de inadmisibilidad. Si le niegan la visa, es posible que pueda apelar la decisión o presentar una nueva petición con pruebas adicionales.

Conclusión



Traer a familiares a los EE. UU. a través de la inmigración basada en la familia es un proceso significativo pero complejo. Si sigue los pasos que se describen en esta guía (desde determinar la elegibilidad hasta asistir a la entrevista final), puede aumentar sus posibilidades de obtener un resultado exitoso. Ya sea que esté patrocinando a un cónyuge, un hijo, un padre o un hermano, la preparación adecuada es clave para navegar sin problemas por el sistema de inmigración.



 Para quienes se encuentran en Orlando o en cualquier otro lugar, trabajar con un abogado de inmigración experimentado puede brindar una valiosa orientación y apoyo durante todo el proceso. Con el enfoque y los recursos adecuados, puede lograr su objetivo de reunirse con sus seres queridos en los Estados Unidos. Comuníquese hoy mismo con nuestro abogado de inmigración y su excelente equipo de expertos en inmigración al 407-593-4501.



Obtenga información sobre cómo comprender los requisitos y el cronograma de la petición I-130 aquí.

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